¿Es usted socio de una empresa, tiene el control efectivo y ejerce funciones en ella?
En este caso deberá darse de alta en el RETA y cotizar como autónomo.
Si no tiene el control efectivo, el régimen en el que debe darse de alta es el general.
En este caso deberá darse de alta en el RETA y cotizar como autónomo.
Si no tiene el control efectivo, el régimen en el que debe darse de alta es el general.